RESEÑA HISTORICA

Comité De Santiago

Quienes conformaron los primeros cuadros gremiales, por allá en 1918, siempre aguardaron la confianza de que tales y primitivas disposiciones de justo amparo legal, con el devenir de los años, serían perfeccionadas en su espíritu. Dándole igualdad de trato respecto de los numerosos sectores de empleados. Fue así como, el 1 de diciembre de 1967, el gobierno de la época y siendo Ministro del Trabajo nuestro Director Honorario don Williams Thayer Arteaga, dictó el D.S. N° 811, refundiendo en un solo texto la Ley N° 9.588,. y otras tres modificaciones posteriores logradas en 1967, para preservar la función del vendedor a las personas que obtuvieron la titulación respectiva y a los que. a la fecha, ejercían en plenitud esta función comercial por mandato de terceros.

Lamentablemente, el sueño dorado del vendedor y del alumno que seguía la carrera se vio de la noche a la mañana, frustrado: primero con la dictación del D.L. N" 2.757. que creó las llamadas Asociaciones Gremiales: segundo Eon el D.L. N° 3.355 del 30 de abril de 1980. que obligó al Registro a adecuarse a la nueva disposición y por último, el 14 de agosto de 1981, en que se publicó la Ley N° 18.018, derogando, entre otras leyes, la N° 9.588, cuyo texto refundido fue fijado por D.S. N" 811. Quedando el Viajante en la indefensión y sometido al arbitrio patronal, habida consideración que la Ley N1’ 2.757 y el Estatuto a que quedó sujeto le prohibió taxativamente a su Directorio Nacional intervención alguna en los conflictos laborales que puedan plantearse

A partir de 1982, tanto en nuestras asambleas generales como ante diversas autoridades, hemos planteado la urgente necesidad de una enmienda al actual sistema que nos rige, por ser atentatorio a principios y derechos consagrados por nuestro país en el seno de la Organización Internacional del Trabajo.

En la hora presente, en que los respetables sectores de la opinión pública concuerdan o por lo menos, se expresan favorablemente hacia la búsqueda de un mayor entendimiento entre partidos, gobierno, empresarios, trabajadores y comunidad toda, nuestro gremio, en el ejercicio de la función comercial, con estoica resignación ha sobrellevado su responsabilidad de cooperación efectiva hacia el desarrollo industrial, comercial, aceptando muchas veces, a partir de 1982, modificaciones a su contrato de trabajo, lesionando sus intereses y debiendo soportaré! criterio unilateral de la parte patronal por no contar con el resguardo legal de un régimen laboral que en su caso ha sido profundamente injusto.

No podríamos, frente a muchos hechos acontecidos en nuestro diario quehacer. Silenciar nuestra queja y. más que todo, abrigar la esperanza para que más adelante concluyamos en que la paz armonía y justicia social predomine en los dos grandes sectores que mueven nuestra economía y abramos nuevo surcos donde se escurra el agua de la esperanza para todos.

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Santiago